Cómo recurrir una multa de tráfico paso a paso

Por Francisco J. García · Actualizado: 28 de agosto de 2026 · Lectura: 5 min
Respuesta rápida: tienes 20 días naturales desde la notificación para presentar alegaciones. Si te las desestiman, puedes presentar un recurso de reposición en el plazo de 1 mes; y, agotada la vía administrativa, acudir a la vía judicial (contencioso-administrativo). Ojo: pagar con el descuento del 50% cierra la posibilidad de recurrir en vía administrativa.

Antes de recurrir: cuidado con el 50%

La multa suele ofrecer un descuento del 50% por pronto pago (en los primeros 20 días naturales). Es rápido y barato, pero pagar con ese descuento pone fin al procedimiento (procedimiento sancionador abreviado) e implica renunciar a alegar y a recurrir en vía administrativa. Solo tiene sentido pagar con descuento si no vas a recurrir. Si crees que la multa es injusta, no pagues aún y sigue los pasos de abajo.

1. Alegaciones — plazo de 20 días

Desde que te notifican la denuncia tienes 20 días naturales para presentar alegaciones: es tu explicación de por qué la sanción no procede, acompañada de las pruebas que tengas.

Puedes presentarlas en la Sede Electrónica de la DGT, por correo postal o en una Jefatura de Tráfico. En el escrito debe constar al menos:

2. Recurso de reposición — plazo de 1 mes

Si la Administración desestima tus alegaciones y dicta resolución sancionadora, puedes presentar un recurso de reposición (potestativo) en el plazo de un mes desde que recibes la notificación de la resolución. Se presenta por registro electrónico en la Sede de la DGT, en cualquier oficina de registro de la Administración General del Estado o por correo certificado a la Jefatura Provincial de Tráfico.

La Administración tiene un mes para resolver. Si no responde, opera el silencio administrativo negativo: el recurso se entiende desestimado.

3. Vía judicial (contencioso-administrativo)

Agotada la vía administrativa, queda la vía judicial: el recurso contencioso-administrativo, para el que necesitarás abogado y procurador. El plazo general es de dos meses desde la notificación de la resolución que agota la vía administrativa (o desde que opera el silencio).

Consejos y pruebas útiles

Fuentes oficiales · verificado

  • Presentación de alegaciones y recursos: Sede Electrónica de la DGT — Alegaciones y recursos.
  • Procedimiento sancionador, plazos y descuento por pronto pago: Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015, BOE).

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